ULTIMA Y CONCURRIDA REUNION

ULTIMA Y CONCURRIDA REUNION

ULTIMA NOTICIA

Wow notable la reunion salvo por el incidente del baño wacalaaaaaaa los que se dieron cuenta entenderan jejej ...
les dejo unas fotos para el recuerdo asi que chequeenlas en mas d euna pueden salir...
Por siacazo no existe ninguna mala honda con ningun socio asi que tranqui..
El dia de ayer estubimos ordenando una ropa donada por la casa de los sueños para ser enviada a Talca con el Sr Boris Vinovish a nombre del comite , notable hoy recaudamos sobre los 22 mil pesos en donacion de 500 pesos por socios para ser enviadas a regiones afectadas por el cataclismo y unas 10 bosas llenas de alimento no perecible , bravo bravo a la gente del comite ...
A demas de eso la invitacion a inscribirce en la junta d evecinos para ser mayoria para sacar un rpesidente que luche junto con nosotros para sacar los proyectos de vivienda adelante Vamos Sueño real que si se puede pronto informativos .. ... Ver más

Hoy el recinto tubo un lleno completo a lo menos 250 personas aproximadamente y eso que faltaron muchos socios...nos vemos

IMPORTANTE

Jaqueline cuenta con 100 cupos para la nueva postulacion interezados contactarla

wowwwwwwwwwwwwwww

Servel elimina a siete partidos políticos tras elecciones del 13 de diciembre

La ley Orgánica Constitucional de Partidos Políticos establece como requisitos para un partido haber logrado al menos cuatro cupos parlamentarios en la última elección o alcanzar el 5% de los sufragios válidamente emitidos. (Terra.cl)




SANTIAGO, enero 29.- Ya no existen e incurrieron en causal de disolución. Esta mañana el Servicio Electoral informó que el Partido Comunista, el Partido Ecologista, Fuerza País, Partido Humanista, ChilePrimero, Movimiento Amplio Social y Partido Izquierda Cristiana no cumplieron con los requisitos legales para ser reconocidos como partidos políticos tras las elecciones del 13 de diciembre.

Esto porque según el inciso primero del artículo 6 de la ley N°18.603 Orgánica Constitucional de Partidos Políticos, un partido requiere elegir a al menos cuatro parlamentarios o alcanzar el 5% de los sufragios válidamente emitidos.

El Partido Comunista, afectado por esta determinación legal, eligió dos diputados en la última elección parlamentaria.

La disolución fue informada mediante publicación en el Diario Oficial, donde también se consignó la cantidad mínima de afiliados para constituir un partido político por región.



Los partidos podrán apelar a la resolución del Servel.

COMENTARIO FACEBOOK

Genesis Garay sra. jaqueline espero se encuentre bien y descanzando lo soficiente junto a sus seres queridos.
el motivo del presente como mi anterior mensaje ,era porque queria saber en q estan los tramites y que pasara con lo de la casa de ahora en adelante.
muchas gracias y suerte

Ayer a las 21:19 · · · Ver muro a muroJacqueline Parra
Jacqueline Parra
todo sigue su mismo rumbo, con la diferencia de unos dias, pero reuniones tendre despues del 11 de marzo, si que ahi conocere a las nuevas caras que llegan a las oficinas como jefes si que les comunico en marzo, pero por el momento ahi qie estar muy relajado, porque descanzo no tengo, vacaciones menos porque estare al tanto de todo para empezar con las nuevas caras trabajando al mismo ritmo que lo hemos estado haciendo hasta el momento, mucho saludos y que esten muy bien


TOMA DE MUNICIPALIDAD DE PEÑALOLEN

Mujeres protestaron sobre el techo de la municipalidad de Peñalolén

Las manifestantes, pertenecientes a un movimiento de allegados de esa comuna, amenazaron con quemarse a lo bonzo ante la falta de respuesta a sus demandas habitacionales.
Por Francisco Águila, Emol
Jueves 14 de Enero de 2010 11:09


SANTIAGO.- Un intenso operativo se realizó hace pocos minutos en el techo de la municipalidad de Peñalolén, donde tres mujeres, integrantes del movimiento de allegados "Los Colgados de Peñalolén", protestaron durante dos horas y media ante la falta de respuestas a sus demandas habitacionales por parte del alcalde, Claudio Orrego.


Las mujeres -que no han sido identificadas- subieron pasadas las 8.30 horas al tejado de la alcaldía, ubicada en la esquina de avenida Grecia con Consistorial, provistas de botellas presuntamente con parafina, amenazando con quemarse a lo bonzo si no recibían una respuesta satisfactoria a sus peticiones.


La temeraria acción obligó al cierre de la municipalidad y la llegada de Bomberos y personal de Carabineros de Fuerzas Especiales y del GOPE.


Pese a la oposición de las manifestantes, que le lanzaban pedazos de tejas, siete efectivos del GOPE lograron acceder al techo de la estructura, pasadas las 10.30 horas, amarrando a las mujeres con arneses y descendiéndolas. Luego las detuvieron y trasladaron hasta la 43 Comisaría de Peñalolén.


Durante el operativo policial, más de 50 miembros del movimiento de allegados permanecieron en las afueras del municipio gritando fuertes epítetos contra los efectivos. Esas personas, en su mayoría mujeres, eran acompañadas por varios niños.


La vocera del movimiento, Katherine Echeverría, indicó que la arriesgada acción se realizó debido a la demora por parte del municipio en modificar el plano regulador, que impide que el terreno en que viven, ubicado en el sector de Antupirén, pueda ser adquirido por las manifestantes para instalar sus viviendas.


A ello se suma que los pobladores se niegan a vivir en otra comuna, donde se les ha ofrecido una solución habitacional.


Municipio califica de "inexplicable" la protesta


Por su parte, la encargada de Vivienda de la municipalidad, Carolina Leitao, calificó de "inexplicable" la manifestación de los allegados pues afirmó que desde que se conformaron como comité –en noviembre pasado– los han citado" a dos reuniones y ellos no han venido".


Respecto de la modificación al plano regulador, explicó que éste no se puede cambiar "porque aún está en proceso de modificación y en su elaboración participó toda la ciudadanía, fue un proceso abierto, público y publicitado. Finalmente, es el Concejo Municipal quien vota la propuesta del Plan Regulador y ese momento aún no ha llegado".


Remarcó además que "durante esta gestión se han entregado 5 mil subsidios de los diversos programas de vivienda y estamos trabajando regularmente con más de 20 comités. A todos los hemos escuchado donde corresponde, pero no de manera violenta".



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CAMPAÑA DE FREI EN QUE SE INVITA A PARTICIPAR AL COMITE

víctor el cierre de campaña en la reina es hoy en la plaza de las campanas, ahí habrá una plaza ciudadana y un acto artistico. Será entre las 17:00 horas y las 19:00 horas.
Después de esta actividad, la idea es que todos los adherentes de Frei nos juntemos frente al cine Hoyts para un banderazo...
Ahora la idea de la villa es buenisima, podrias coordinarlo a través del mail...los que tienen auto van a meter ruido para allá

COMENTARIO JAQUELINE

Jacqueline Parra para que lean urgente!!!!!!!!!!!!!sobre todo los trabajadores de mi Pais

Hace 9 horas · · · Denunciar
Jacqueline Parra
Jacqueline Parra

Compañeras y compañeros:

El Directorio de la "FETRASECH", considera de suma gravedad las propuestas laborales del candidato Piñera, las que significan un retroceso de 20 años para los trabajadores y trabajadoras de nuestro país. Más grave aún, es el desconocimiento de la mayoría de las y los trabajadores, sobre los cambios que el candidato de la derecha pretende llevar a cabo.
... Ver más...
Por ello, les solicitamos que se informen de la gravedad de estas propuestas y nos ayuden con la participación activa de todos los dirigentes y trabajadores que puedan participar en el ACTO DE REPUDIO AL PROGRAMA LABORAL DE PIÑERA, que relizaremos en el frontis de la Dirección del Trabajo el próximo martes 12 de enero a las 11:00 horas.

Amigas y amigos, les hacemos un llamado a nuestro compromiso social para que en esta manifestación pública participemos todos y lo hagamos con carteles, pancartas, bulla y todo lo necesario para que la prensa que asista nos destaque. (ADJUNTAMOS EL TEXTO DE REPUDIO A LAS PROPUESTAS LABORALES DE PIÑERA)

ACTO DE REPUDIO AL PROGRAMA LABORAL DE PIÑERA

La "FETRASECH" hace un llamado de apoyo y participación en un acto de defensa de la Dirección del Trabajo y de absoluto rechazo al Programa Laboral del candidato Piñera, que significaría un retroceso de 20 años en materias de derechos de los trabajadores y trabajadoras del comercio.

Este acto de repudio se realizará el martes 12 de enero a las 11.00 horas, en la entrada de la Dirección del Trabajo, Agustinas 1253, Santiago.

En su programa Piñera propone la “Creación del Consejo Nacional del Trabajo, compuesto por cinco personas propuestas por el Ejecutivo y ratificadas por el Senado, que supervigile la aplicación de las normas laborales y previsionales y dicte normativas macro de criterios fiscalizadores”. Lo que en la práctica constituiría la destrucción de este organismo público.
.Los trabajadores del seguridad privada afirmamos que la Dirección del Trabajo debe mantener su rol histórico, que ha cumplido por más de 90 años, de ser un organismo público con atribuciones para fiscalizar el cumplimiento de las leyes laborales y la tutela de los derechos de los más débiles de la relación laboral, que son los trabajadores y trabajadoras de nuestro país.

Del mismo modo, denunciamos las propuestas en materia laboral de Piñera que afectarían directamente a los trabajadores del comercio:

1. Modificar el sistema de indemnización por años de servicios, por un pago de 15 días por año de servicios. Como una forma de abaratar el despido para los empleadores y que significaría un grave perjuicio para la indemnización de los trabajadores.

2. La creación de un banco de 290 horas extraordinarias que durante el año el empleador podrá distribuir en forma arbitraria y unilateralmente. Esto afectaría gravemente las jornadas de los trabajadores del comercio, ya que se eliminaría del Código del Trabajo el plazo de los 3 meses de anticipación para pactar horas extras y se aplicará en forma abusiva la extensión de las jornadas diarias cuando el empleador lo estime.

3. La implementación del teletrabajo. Que significaría extender el trabajo al interior de los hogares y dar espacio al aumento de la subcontratación, explotación de las personas, trabajos mal remunerados e invasión de los tiempos de dedicación a la familia y la recreación.

4. Flexibilidad salarial que asegure empleos a jóvenes entre 18 y 24 años. Lo que acompañaría la congelación del salario mínimo durante 4 años para quienes recién comienzan su vida laboral.

5. La Creación de una nueva institucionalidad en la fijación del salario mínimo: Lo que apunta a eliminar el incremento del ingreso mínimo todos los años.

6. La ampliación de los temas que forman parte de la negociación colectiva, incluyéndose materias como flexibilidad horaria, sistema de turnos y otros. Lo que apunta a la imposición de los intereses de los empleadores sin ningún contrapeso por parte de los sindicatos.

Finalmente, rechazamos la propuesta de la modificación de los Tribunales del Trabajo. Ya que al parecer al Candidato Piñera le preocupa que las demandas laborales en forma mayoritaria y en justicia, están siendo favorables a los trabajadores. Consideramos un despropósito el querer modificar el actual procedimiento judicial – laboral, considerando que este lleva apenas unos meses de aplicación en todo el territorio nacional.

Hacemos un llamado a los trabajadores y trabajadoras del país a que este 17 de enero votemos informadamente. No podemos perder los derechos laborales recuperados durante estos últimos años y retroceder a los tiempos en que Chile era el paraíso de las políticas liberales, en absoluto desmedro de los derechos y la dignidad de los trabajadores y trabajadores.




DIRECTIVA NACIONAL

FEDERACION DE TRABAJADORES DE SEGURIDAD Y SERVICIOS DE CHILE
"FETRASECH"
JOSE MARCHANT AVILES
SECRETARIO GENERAL

CRISTIAN CUEVAS ZAMBRANO
Hace 9 horas ·

LEY

ARTICULO 1º .- Constituyase una organización comunitaria territorial de duración indefinida regida por la ley 19.418 denominada Comité de Allegados “………………….. “ de …………………… de la comuna de ………………, Provincia de Concepción , Región del Biobío.

ARTICULO 2 : Son fines, objetivos y atribuciones del comité de allegados las siguientes:

1.- impulsar y defender el derecho de los asociados a una vivienda digna.

2.- Colaborar y participar en la elaboración de propuestas para solución del problema de los asociados

3.- Represenatr a los asciados ante las autoridades que corresponde y ante las instituciones públicas y privadas de créditos u otars que sean del acso, realizando toda clase de actos y gestiones dirigidas a la adquisición de vivienda.

4.- Realizar todas las gestiones y actos destinados a la regularización de los títulos de dominio de los inmuebles que ocupan, cundo fuere el acso.

5) Procurar la obtención de los servicios, asesorías, equipamiento y demás medios necesarios para el desarrollo de sus actividades.

ARTICULO 3º: Para todos los efectos legales, el domicilio del Comité es la Unidad Vecinal Nº . .... de la comuna de ………….., Provincia de Concepción, Octava Región.

TITULO SEGUNDO

DE LOS SOCIOS

ARTICULO 4º:

Pueden ser socios del Comité las personas mayores de 18 años de edad, que tengan residencia o domicilio en la unidad vecinal y no sean prpietario él o su conyuge, de un bien raíz.

ARTICULO 5º:

La calidad de socio del Comité se adquiere por la inscripción en el registro de socios.

La inscripción podrá haberse realizado durante el proceso de formación del Comité o después de aprobados estos estatutos.

ARTICULO 6º:

La persona que desee ingresar al comité , deberá presentar una solicitud al Directorio el que deberá pronunciarse dentro de los 7 días siguientes a la presentación, no pudiendo la aceptación o rechazo fundarse en razones de orden político o religioso.

La inscripción en el Registro de Socios debe efectuarse el mismo día de la aceptación de la solicitud.

ARTICULO Nº 7

No podrá negarse el ingreso al comité a las personas que lo requira y cummpla con los requisitos legales y esatutarios.

ARTICULO Nº 8

Sólo son causales de rechazo de la solicitud de ingreso :

1.- no ser habitante de la comuna

2.- tener menos de 18 años.

3.- Estar asociado a otro comité de allegados.

ARTICULO 9º: Los socios tienen las siguientes obligaciones:

A) pagar puntualmente sus cuotas sociales y cumplir con todas las obligaciones con la organización a través de ella;

B) acatar los acuerdos de las Asambleas y del Directorio adoptados en conformidad a la ley y los estatutos;

C) servir los cargos para los cuales fueron designados y colaborar en las tareas que se les encomiende.

D) asistir a las asambleas y reuniones a que fueran convocados.

ARTICULO 10º: Los socios tienen los siguientes derechos:

A) Participar en las asambleas que se lleven a efecto, con derecho a voz y voto. El voto será unipersonal e indelegable y sólo podrá ejercerse cuando se esté al día en las cuotas sociales.

B) Elegir y poder ser elegidos en los cargos representativos del Comité..

C) Presentar cualquier proyecto o proposición al Directorio. Si ésta lo estima conveniente o si la propocisión o proyecto cuenta con el patrocinio de a lo menos el 10% de la asamblea, deberá presentarlo para la consideración de la Asamblea General para su aprobación o rechazo.

D) Tener acceso a los libros de actas, de registro de socios y de contabilidad de la Organización.

E) Ser atendidos por los dirigentes.

ARTICULO 11º : Son causales de suspensión de un vecino en todos sus derechos en el Comité:

A) El atraso injustificado en más de tres meses consecutivos en el cumplimiento de sus obligaciones pecuniarias para con la junta. Esta suspensión cesara de inmediato una vez cumplida todas las morosas.

B) El incumplimiento injustificado de las obligaciones señaladas en las letras b, c, y d del artículo 9. En el caso de la letra d, la suspensión se aplicará por tres inasistencias injustificadas.

C) Causar daños a los bienes del Comité.

D) Arrogarse la representación de el Comité o derechos que ella no posea.

E) Usar indebidamente bienes del Comité

F) Comprometer los intereses y el prestigio del Comité, afirmando falsedad respecto de sus actividades o de la conducción de él por parte del Directorio.

La suspensión que se aplique en virtud de este artículo la declarara el Directorio, requiriendo el voto afirmativo de los dos tercios de los Directores en ejercicio y no podrá exceder 6 meses.

ARTICULO 12º: La calidad de afiliado a el Comité se termina:

A) Por pérdida de la calidad de habitante del territorio de el Comité..

B) por renuncia ,

D) por muerte, y

C) Por exclusión acordada en Asamblea General Ordinaria, fundada en infración grave de las normas legales, estatutarias o de sus obligaciones como miembro del Comité.

ARTICULO 13º Podrán ser consideradas faltas graves , las siguientes:

1.- el atraso en el pago de las cuotas por más de seis meses consecutivos.

2.- causar injustificadamente daños o perjuicios a los bienes de el Comitéo a la persona de alguno de los Directores con motivo del desempeño de su cargo.

ARTICULO 14º Acordada algunas de las medidas de los artículos 9º y 10º, el afectado podrá apelar ante la asamblea general, dentro del plazo de quince días contados desde la fecha en que se le notifique personalmente el correspondiente acuerdo. Para ratificar el acuerdo del directorio , la asamblea requerirá el voto de dos tercios de los vecinos presente.

Quien fuera excluido de la organización sólo podrá ser readmitido después de un año para lo cúal el socio excluido deberá presentar una solicitud de reintegro a la asamblea que requerirá de la aprobación de dos tercios de los asistentes.

TITULO TERCERO

DE LAS ASAMBLEAS

ARTICULO 15º La asamblea general es la máxima autoridad de el Comité y se celebrará a lo menos trimestralmente. La asamblea general es la reunión de los socios que estén al día en sus cuotas ordinarias y que hayan sido convocados conforme a los estatutos , a ella le corresponde todas las materias que no hayan sido previstas o encomendadas a otras autoridades; sus acuerdos son obligatorios.

Ningún acuerdo de la Asamblea podrá sobrepasar la reglamentación estatutaria bajo sanción de nulidad.

ARTICULO 16º En el mes de Marzo de cada año deberá celebrarse una asamblea general que tendrá por objeto dar cuanta de la gestión realizada por el directorio durante el año anterior. También en esa asamblea el directorio propondrá el Plan Anual de Actividades y se presentará el Balance Anual.

ARTICULO 17º En las asambleas generales Ordinarias podrá tratarse cualquier asunto relacionado con los intereses del Comité. Serán citadas cada dos meses por el Presidente y el Secretario o quienes estatutariamente lo reemplacen.

ARTICULO 18º :La asambleas generales extraordinarias se verificarán cuando lo exijan las necesidades de la organización y los estatutos o la ley, y en ella solo podrán tratarse y adoptarse acuerdos sobre materias señaladas en la convocatoria, las citaciones a estas asambleas , se efectuarán por el Presidente a inicitaiva del Directorio o por requerimiento, a lo menos, del 25% de los afiliados con una anticipación mínima de cinco días hábiles a la fecha de su realización

ARTICULO 19º : Deberán tratarse en asamblea general extraordinaria las siguientes materias:

A) Reforma de los estatutos.

B) Adquisición, enajenación y gravamen de los bienes raíces de la organización.

C) La disolución de la organización, y

D) La incorporación a una Unión comunal o el retiro de la misma.

E) La aprobación del Plan Anual de Actividades.

F) La determinación de cuotas extraordinarias

G) La exclusión o reintegración de uno o más afiliados, cuya determinación deberá hacerse en votación secreta.

H) La cesación en el cargo de un dirigente por censura.

I) La elección del Primer Directorio

Respecto a la incorporación a una Unión Comunal o su desafiliación, esta decisión debe ser consultada a la Asamblea y sólo se llevará a cabo si ésta lo apueba con la mayoría de los miembros presentes.

ARTICULO 20º : Toda convocatoria a asamblea general se hará mediante fijación de 5 carteles, a lo menos, en lugares visibles. También podrán enviarse cartas o circulares a los vecinos que tengan registrados sus domicilios en el Comité o publicar avisos en un diario de la provincia o región.

En la primera asamblea general de cada año se procederá a determinar los lugares visibles para la fijación de los carteles; y a lo menos uno de éstos se deberá fijarse en la sede social del Comité, si la hubiera.

ARTICULO 21º: Las asambleas generales se celebrarán con los socios que asistan. Los acuerdos se tomarán por la mayoría de los presentes. Salvo que la ley 19.418 o el presente estatuto exigan una mayoría especial. Los acuerdos serán obligatorios para los miembros presentes y ausentes.

ARTICULO 22º: Las asambleas Generales serán presididas por el Presidente de el Comité y actuará como secretario quien ocupe este cargo en el directorio , ambos serán reemplazados , cuando corresponda, por los integrantes del directorio suplente.

ARTICULO 23º: De las deliberaciones y acuerdos que se produzcan en las asambleas generales, se dejará constancia en un libro de actas, que será llevado por el Secretario del Comité

Cada acta deberá contener a lo menos:

A) Día, hora y lugar de la asamblea.

B) Nombre de quien la presidió y los restantes miembros de la directiva que estuvieran presentes.

C) Número de asistentes.

D) Materia tratada.

E) Un extracto de las deliberaciones.

F) Acuerdos adoptados.

ARTICULO 24º: El acta será firmada por el presidente del Comité, por el secretario y tres asambleistas designados para tal efecto en la misma asamblea.

TITULO CUARTO

DEL DIRECTORIO

ARTICULO 25º: El Directorio tendrá a su cargo la dirección y administración superior de el Comité en conformidad a la ley 19.418 y el presente estatuto.

ARTICULO 26º: El Directorio estará compuesto por cinco miembros titulares, elegidos en votación directa, secreta e informada, por un período de dos años, en una asamblea general ordinaria, pudiendo ser reelegidos para el período siguiente por una sola vez.

En el mismo acto se elegirá igual número de miembros suplentes, los que, ordenados según la votación obtenida por cada uno de ellos en forma decreciente, supliran al o los miembros titulares que se encuentren temporalmente impedidos de desempeñar sus funciones, mientras dure tal imposibilidad o los reemplazaran cuando por fallecimiento, inabilidad sobreviniente, imposibilidad u otra causa legal, no pudieren continuar en el desempeño de sus funciones.

ARTICULO 27º: Para ser dirigentes se requerirá:

A) Tener 18 años de edad a lo menos.

B) Tener un año de afiliación como mínimo en el momento de la elección.

C) Ser chileno o extranjero avecindado por más de tres años en el país.

D) No haber sido condenado ni hallarse procesado por delito que merezca pena aflictiva.

E) No ser miembro de la comisión electoral de el Comité.

ARTICULO 28º: En las elecciones del Directorio podrán postularse como candidatos lo afiliados que, reuniendo los requisitos del Artículo anterior, se inscriban a lo menos con 10 días de anticipación a la fecha de las elecciones, ante la comisión electoral de el Comité.

Resultarán electos como Directores quienes en una misma votación obtengan las más altas mayorías, correspondiéndoles el cargo de Presidente a quien obtenga la primera mayoría individual

Si se produjere igualdad de votos entre los dos candidatos se dirimirá el empate por la antiguedad en el grupo y si este subsiste se procederá a un sorteo entre ellos.

Lo dispuesto en este artículo se entiende sin perjuicio de lo establecido en el artículo 26.

ARTICULO 29º : Dentro de la semana siguiente a la elección de los directores por los socios, deberá constituirse entre los restantes directores los cargos dePresidente, Secretario, Tesorero y Director.

La constitución deberá verificarse, a lo menos, con la concurrencia de la mayoría de los directores.

Si al expirar el plazo señalado en el inciso primero, el Directorio no se hubiese constituido , la asamblea podrá proceder a hacerlo en la forma que ella lo determine.

ARTICULO 30º: Dentro de las dos semanas siguiente al término del período del Directorio anterior, el nuevo Directorio deberá recibirse del cargo en una reunión en la que aquel hará entrega de todos los libros, documentos y bienes que hubiere llevado o administrado. De esta reunión se levantará un acta en el libro respectivo, la que firmaran ambos Directorios.

ARTICULO 31º: La directiva sesionará con tres de sus miembros a lo menos y sus acuerdos se adoptarán por la mayoria de los asistentes salvo que la ley 19.418 o el presente estatuto señalen una mayoria distinta. En caso de empate decidirá el presidente

ARTICULO 32º: De la deliberaciones y acuerdos del Directorio se dejará constancia en un libro especial de actas. Cada acta deberá contener las menciones minímas señaladas en el artículo 22 y será firmada por todos los directivos que concurrieron a la sesión.

El director que desee salvar su responsabilidad y por algún acto o acuerdo deberá exigir que se deje constancia de su opinión en el acta.

Si alguno de ellos no pudiere o se negaré a firmar el acta se dejará constancia de este hecho en ella, la que tendra validez con las firmas restantes.

ARTICULO 33º : Los directores cesan en sus cargos:
A) por cumplimiento del plazo de designación como tal;

B) por renuncia al cargo directivo, la que deberá presentarse por escrito al Directorio

C) por inhabilidad sobreviniente, calificada en la forma señalada en el artículo siguiente;

D) por censura acordada en sesión extraordinaria , especialmente convocada para tal efecto, por dos tercios de los miembros presentes;

E) por pérdida de su calidad de ciudadano; y

F) por pérdida de la calidad de afiliado a la Junta

Será motivo de censura la transgreción por los dirigentes de cualesquiera de los deberes que este estatuto les impone

ARTICULO 34º: Se aplicará también a los directores las disposiciones de los artículos 9,10 y 11. Serán removido en su cargo el director que sea suspendido en conformidad al artículo noveno. Las medidas señaladas en el inciso primero serán calificadas por el Directorio en forma directa, en todo caso el afectado tendrá derecho a apelar por esta medida según lo dispuesto en este estatuto

ARTICULO 35º : Si cesa en sus funciones alguno de los Directores titulares, debe asumir en forma inmediata el director suplente con la más alta votación, mecanismo que se aplicará en forma sucesiva cada vez que un Director titular deje el cargo.

Si cesara un número de Directores que impide sesionar al Directorio definitivo, deberá procederse a una nueva elección con el objeto exclusivo de llenar vacantes.

Estas elecciones se realizarán en un plazo no mayor de treinta días a contar de la fecha en que se produjere la falta de quorum.

Los nuevos Directores elegidos de conformidad al inciso anterior durarán en sus funciones el tiempo que le restaba a los reemplazados.

No se aplicarán las normas contenidas en este artículo si faltaren menos de seis meses para el término del periodo del directorio. En este caso, este sesionará con el número de miembros que continuen en ejercicio, no aplicándose el mínimo indicado en el artículo 32 del presente estatuto.

ARTICULO 36º: El presidente del directorio lo será también del Comité y la representará judicial y extrajudicialmente.

ARTICULO 37º El Directorio tendrá a su cargo la dirección y administración superior del Comité en conformidad a la Ley 19.418 de los presentes estatutos.

ARTICULO 38º : Son atribuciones y deberes del directorio:

a) Dirigir el Comitéy velar por que se cumplan sus estatutos y las finalidades contenidas en ellos.

b) Solicitar al presidente , por la mayoría de sus miembros , citar a asamblea general extraordinaria;

c) Proponer a la asamblea, en el mes de marzo el plan anual de actividades y el presupuesto de ingresos y gastos

d) Colaborar con el Presidente en la ejecución de los acuerdos de la asamblea

e) Colaborar con el Presidente en la preparación de la cuenta anual a la asamblea sobre el funcionamiento general de la organización, especialmente en lo referido al manejo e inversión de los recursos que integran sus patrimonios

f) Representar a la organización en los casos que expresamente lo exija la ley o los estatutos.

g) Concurrir con su acuerdo a las materias de su competencia que señale la ley o los estatutos.

h) Administrar los bienes sociales e invertir los recursos del Comité

i) Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento deel Comité y de los diversos comité que se creen para el cumplimiento de sus fines y someter dichos reglamentos a la aprobación de la Asamblea General.

j) Poner en conocimiento de la asamblea para su aprobación o rechazo, las iniciativas que estan patrocinadas por, a lo menos el 10% de los afiliados.

Respecto al Plan anual de Actividades señalado en la letra c , éste debiera ser elaborado por el directorio y presentado en la Asamblea de marzo para su aprobación por mayoría absoluta de los presentes

El Plan Anual debiera contener a lo menos Objetivos y metas a lograr, Actividades a desarrollar, plazos, recursos disponibles y fuentes futuras de financiamiento y personas responsables de las actividades.

ARTICULO 39º: Como administrador de los bienes del Comité, el directorio esta facultado para realizar, sin necesidad de autorización de la asamblea, los siguientes actos: abrir y cerrar cuentas de ahorro y cuentas corrientes de depósito o de crédito, en el banco del estado u otras instituciones bancarias y girar sobre ellas; endosar y cobrar cheques, retirar talonarios de cheques; depositar dineros a la vista, a plazo o condicionales y retirarlos; girar, aceptar, descontar, endosar en toda forma y hacer protestar letras de cambios, pagares, cheques u otros documentos mercantiles suceptibles de estos actos; estipular, en cada contrato que celebre, los precios, plazos y condiciones que juzge conveniente, anular, rescindir, resolver, revocar y rescilar los contratos que celebren; exigir rendiciones de cuentas; aceptar o rechazar herencias con beneficio de inventario , concurrir a los actos de partición de las mismas, pedir y aceptar adjudicaciones de toda clase de bienes; convenir y aceptar estimación de perjuicio; recibir correspondencia, aún certificada, giros y encomiendas postales; cobrara y percibir cuanto se adeudare al Comité por cualquiera razón o título; conferir mandatos, firmar todas las escrituras, instrumentos, escritos y documentos; someter asuntos o juicios a la decisión de jueces-arbitros, nombrarlos y otorgarles facultades de arbitradores, nombrar síndicos, depositarios, tasadores, liquidadores y demás funcionarios que fueran necesarios.

Para la realización o celebración de otros actos o contratos será menester una asamblea general que los autorice.

ARTICULO 40º: Acordado por el Directorio cualquier acto relacionado con las facultades realizadas en el artículo precedente, lo llevará a cabo el Presidente o quien lo subrogue el cargo, conjuntamente con el Tesorero u otro Director si éste no pudiere concurrir. Ambos deberán ceñirse fielmente a los términos de los acuerdos del Directorio o asamblea general en su caso y serán solidariamente responsable ante el Comité en caso de contravenirlos. Sin embargo, no será necesario a los terceros que contraten con la Junta, conocer los términos del acuerdo.

TITULO QUINTO

DEL PRESIDENTE, SECRETARIO, TESORERO Y DIRECTORES.

ARTICULO 41º: Son atribuciones y deberes del Presidente:

a) Citar a asamblea general ordinaria o extraordinaria

b) ejecutar los acuerdos de la asamblea

c) Representar judicial y extra judicialmente a el Comité

d) Presidir las reuniones del Directorio y las asambleas generales;

e) organizar los trabajos del Directorio

f) vigilar el cumplimiento de los reglamentos internos y acuerdos de los diversos organismos del Comité

g) dar cuenta , a nombre del Directorio, de la marcha de la institución y del estado financiero de la misma en la asamblea general a que se refiere el artículo 13; y

h) las demás deberes y atribuciones que fijen los estatutos y reglamentos.

ARTICULO 42º: Son atribuciones y deberes del Secretario

A) llevar los libros de Actas del Directorio y de la Asamblea General y el registro de los socios.

B) Otorgar las facilidades para que estos libros estén a disposición de los socios, estableciendo para ello una horario y día de atención.

C) Enviar al secretario Municipal cada seis meses los nuevos integrantes y las renuncias y exclusiones

D) Entregar a la Comisión Electoral al momento de su constitución copia del libro de registro.

E) Despachas las citaciones a Asambleas o reuniones de directorio y confeccionar los carteles a que se refiiere el artículo 20

F) Autorizar con su firma y en calidad de ministro de fe las actas de reuniones del Directorio y de las asambleas generales y otorgar copias autorizadas de ellas cuando se les solicite; y

G) realizar las demás gestiones relacionadas con sus funciones cuando se le encomiende

H) Entregar a cada candidato , a lo menos un mes antes de la elección, copia del libro de registro de socios, con cargo a los candidatos.

ARTICULO 43º : Corresponde al tesorero de el Comité:

a) Cobrar las cuotas de incorporación, ordinarias y extraordinarias y otorgar los recivos correspondientes.

b) llevar la contabilidades del Comité

c) mantener al día la documentación financiera del Comité, especialmente archivos de facturas recibos y demás comprobantes de ingresos y egresos.

d) Elaborar estados de cajas que den a conocer a los socios de la asamblea las entradas y gastos.

e) Preparar un Balance semestral del movimientos de fondos y enviar copia del mismo a la Municipalidad respectiva (anual que exige el artículo 31 incíso primero de la Ley 19.418.)

f) Mantener al día el inventario de los bienes de la institución y

g) Realizar las demás gestiones relacionadas con sus funciones que el directorio o el Presidente le encomienden.

ARTICULO 44º : Corresponde a los directores de el Comité :

a)Cordinar las respectivas comisiones que se generen y les sean asignadas por el Presidente.

B) Remplazar en alguna gestión o acompañar a los los demás miembros del Directorio cuando las circunstancias así lo requieran.

TITULO SEXTO

DE LA COMISIÓN ELECTORAL.

ARTICULO 45º : Antes de los dos meses de una Elección debe constituirse una Comisón Electoral integrada por 5 miembros que tengan un año de antiguedad, al menos que se trate de la constitución del Comité. Para ello, en una Asamblea Extraordinaria en votación universal se elegirán sus integrantes.

Los miembros de la Comisión no pueden ser parte del directorio o postular a él.

ARTICULO 46º : Las funciones que le corresponden a esta Comisión :

a) Recibir las inscripciones de las candidaturas para el Directorio .

c) Velar por el normal desarrollo del proceso eleccionario y de los cambios del directorio, pudiendo impartir las intrucciones y adoptar las medidas que que considere necesario para tales efectos.

b) Realizar los escrutinios respectivos, custodiar las cédulas y demás antecedentes electorales, hasta el vencimiento de los palazos legales establecidos para presentar reclamaciones y solicitudes de nulidad.

C)Llevar a cabo la calificación de las elecciones de la organización

TITULO SEPTIMO

DEL PATRIMONIO DEL COMITÉ

ARTICULO 47: El Patrimonio de el Comité se compondrá :

a) de las cuotas ordinarias y extraordinarias y extraordinarias que la asamblea general de el Comitédetermine

b) De la renta obtenida por la administración de los centros comunitarios, talleres artesanales y cualquiera otros bienes de uso de la comunidad que esta institución posea

c) De las subvenciones fiscales y municipales que se le otorguen

d) De los ingresos provenientes de sus actividades, como beneficios, rifas fiestas sociales y otros de naturaleza similar.

e) De los bienes muebles o inmuebles que adquiera a cualquier título

f) De la donaciones y organizaciones por causa de muerte que reciba a su favor.

g) De los proyectos presentados a organismos no gubernamentales e Instituciones del Estado.

h) De los ingresos que se reciban a cualquie título.

Las cuotas ordinarias mensuales, serán determinadas anualmente.

Las cuotas extraordinarias serán fijadas libremente en reunión general extraordinaria con la aprobación de las tres cuartas partes de los afiliados presentes y sólo podrán destinarse a financiar los proyectos o actividades determinadas en la propia aprobación

ARTICULO 48º : Los fondos de la institución deberán ser depositados a medida que se perciban en una sucursal del un banco o instuitución financiera legalmente reconocida, a nombre de el Comité

No podrá mantenerse dinero en efectivo del grupo que sea superior a dos UTM.

El movimiento de los fondos se dará a conocer por medio de estados de Caja, en las que se anotarán las salidas y entradas , que se fijarán cada dos meses en lugares visibles.

ARTICULO 49º : El Presidente y Tesorero podrán girar sobre los fondos depositados, previa aprobación de la Directiva en el acta correspondiente se dejará cosntancia de la cantidad autorizada y del objeto del gasto

ARTICULO 50º : Los cargos de la Directiva del grupo, miembro de la Comisión Electoral y los miembros de la Comisión Fiscalizadora de Finanzas son exclusivamente gratuitos, prohibiéndose la fijación de cualquier tipo de remuneración. Además estos cargos son incompatibles entre sí.

ARTICULO 51º : No obstante, lo establecido en el artículo anterior, el directorio podrá autorizar el financiamiento de los gastos de locomoción colectiva en que puedan incurrir los dirigentes o socios comisionados para una determinada gestión. Finalizada ésta deberá rendir cuenta circunstanciada del empleo de los fondos al directorio.

ARTICULO 52º : Además del gasto señalado en el artículo anterior, el Directorio podrá utorizar el financiamiento de viáticos a los directores o socios que deban trasladarse fuera de la localidad o ciudad asiento del Comité, cuando deban realizar una comisión encomendada por ella y que diga relación con sus intereses

Se entiende por viático diario la cantidad de dinero necesario para gastos de alimentación y alojamiento y no podrá exceder de una Unidad Tributaria Mensual.

Si para la comisión encomendada no es necesario alojamiento, el viático no podrá ser superior al 50% del señalado en el inciso anterior.

TITULO OCTAVO

DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA DE FINANZAS.

ARTICULO 53º : La Comisión Fiscalizadora de finanzas tendrá como misión revisar el movimiento financiero del club. Para ello el directorio y especialmente , el Tesorero y Presidente , estarán obligados a facilitar todos los medios para el cumplimiento de este objetivo. En tal sentido la Comisión Fiscalizadora podrá exigir en cualquier momento la exhibición de los libros de contabilidad y demás documentos que digan relación con el movimiento de los fondos y su inversión.

La Comisión fisalizadora no podrá intervenir en acto alguno del Comité, no objetar decisisones del Directorio o Asamblea General.

ARTICULO 54º : La comisión fiscalizadora se compone de tres miembros elegidos anualmente. Presidirá á la comisión fiscalizadora el miembro que obtenga el mayor número de votos.

La Comisión Fiscalizadora sesionará y adopatará sus acuerdos con dos de sus miembros, a lo menos.

Sus integrantes no podrán ser reelegidos.

ARTICULO 55º : Regirán para los miembros de la Comisión Fiscalizadora de Finanzas lo dispuesto en los artículos 33 y 34. Los nuevos integrantes elegidos en la forma señalada en el artículo 34, durarán en sus funciones por el tiempo que restaba a los reemplazados.

La Comisión Fiscalizadora podrá dar su opinión en los estados bimensuales a que se refiere el artículo 44, e informar a los integrantes en cualquier asamblea general sobre la situación financiera de la institución. En todo caso, esta información deberá proporcionarla siempre en la asamblea general del mes Marzo de cada año.

ARTICULO 56º :Los socios se impondrán del movimiento de los fondos a través de los estados bimensuales y de los Informes de la Comisión Fiscalizadora. Además tendrán acceso directo a los documentos relativos a las finanzas durante los siete días anteriores a la Asamblea General del mes de Marzo o a otra asamblea en que vaya a informarsee sobre situaciones financieras.

ARTICULO 57º : La Comisión Fiscalizadora estará obligada a poner en conocimiento de los tribunales de justicia cualquier hecho o circunstancia que comprometa gravenente los intereses económicos de la institución.

En ningún caso la Comisión podrá intervenir en los actos administrativos del grupo no objetar decisiones de la Directiva o Asamblea General.

TITULO NOVENO

DE LAS COMISIONES Y COMITES

ARTICULO 58º : El directorio o la Asamblea podrá conformar todas las Comisiones que estime conveniente para cumplir con los objetivos y funciones del presente estatuto.

Siempre que se forme una Comisión corresponderá designar un Presidente de ésta, quien se obliga a informar y responder frente la asamblea por su cometido, en los plazos que le sean señalados

La Directiva de el Comité determinará el funcionamiento de las comisiones .

.

TITULO DECIMO

DE LA MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS

ARTICULO 60º : Las modificaciones del presente estatuto sólo podrán ser aprobadas en asamblea general extraordinaria, especialmente convocada al efecto y con el acuerdo de la mayoría absoluta de sus integrantes, y regirán una vez aprobados por la municipalidad , de acuerdo a lo establecido inciso primero del artículo 10 de la Ley 19.418

TITULO DECIMO PRIMERO

DE LA DISOLUCION

ARTÍCULO 61º : El Comité podrá disolverse por acuerdo de la asamblea general extraordinaria citada para tal efecto, adoptado por la mayoría absoluta de los afiliados con derecho a voto.

ARTÍCULO 62º : La disolución sólo podrá llevarse efecto cuando concurra alguna de las siguientes causales.

A) Por incurrir en actuaciones contrarias a las leyes , al orden público o a las buenas costumbres.

B) Por haber disminuido sus afiliados a un número inferior al requerido para su constitución, durante un lapso mínimo de seis meses.

C) por caducidad de la personalidad jurídica de acuerdo a lo establecido en el inciso quinto del artículo 7 de la ley 19.418

ARTICULO 63º :En caso de disolución , el patrimonio de el Comité pasará a poder de la ....................................................................................................

IMPORTANTE

..El valor de las propiedades es de 12 millones cerrado los exedentesya sean estudios de suelo o limpieza del terreno deben salir de las platas que estan en caja chica de faltar dinero cada socio debe poner lo que falta obvio que siempre se velara que los dineros sean lo mas accesible posible ya sean 2 lucas o 5 lucas esto es para todos los ... Ver más...socios del comite ...
Lo otro es que Jaqueline insiste en que ella esta trabajando para la Reina y Peñalolen y que gracias a la Reina 450 familia tendrian su tan esperada casa , todo va sobre ruedas segun la jefa ayer estubo con autoridades ...pronto subiremos los videos y fotos de esas reuniones ...

SALUDOS

cuando los comites piden dinero extra para estudios de suelo o retiro de escombros , el comite debe ponerce con esas lucas y se supone que luego cuando se apruebe el proyecto ese dinero se reenbolsararia al menos eso e escuchado me gustaria que me ayudaran a ampliar es a informacion.
Concidero que los proyectos en muchas ocaciones son de indole engorrozos pero casi siempre resultan .Ademas esta claro que si existe un univerzo de personasque postulan si uno se cae por una o otra tontera debe ser cubierto el espacio que dejo ese socio , varios no creen que exista otra gente que se a retirado o que a sacado su dinero del banco , otros que tenian beneficios del serviu etc etc...
Si en un momento el comite dce que se debe limpiar el terreno es una decicion del comite entero en su conjunto que debe aceptar esas normativas , la representante del comite expone un tema que fue analizado y estudiado .....imaginence el serviu le dice a la representante que no limpiara el terreno para la implementacion que es deber del comite realizarlo , estamos hablandode nuetsro terreno creo que lo minimo es ir a retirar los escombros es mas si tanto cacarean ciertas personas proque no consiguen las maquinarias o y van personalmente a ver que el trabajo se realice ...inisito creo que en este momento existen socios que sobre exageran las cosas....ojo el estado no les va a regalar todo ...existen socios que juran de guata que TODO ES REGALADO y desde un comienzo siempre se explico que esto mas que un regalo es un trabajo que debemos realizar todos en conjunto ....LOS TERRENOS EN LA REINA SI EXISTEN ME CONSTA Y LOS CONOSCO .....pero si ahi que penzar que todo esto es una posibilidad y si no quiero pagar miseas 5 lucas para que limpien el sector , expongan alternativas de limpieza , si se supone que al parecer ahi socios que saben mas que nuestros dirigientes bueno amigos exponganles esas ideas a nuestra dirigenta , es facil decir que es estafadora o mentiroza es super facil descalificar a alguien que esta tratando que tengas una casa por 300 lucas y que tu no muevas un dedo por ultimo da una buena sugerencia , y creo que todo va estar bien si nos ponemos a dar ideas ...creo que las autoriades o partidos politicos no invitarian a un estafador a sus filas .....este mensaje va para la amiga que tube que eliminar , con mucha pena lo realice porque sabes nosotros tenemos fe y soñamos que se lograra y tambien para los socios para que no se bajoneen , creanme no soy de la directiva solo soy un socio que apoya y que tiene fe que tendremos una villa nueva con lo mejor de la villa querida y eliminar lo malo de la misma .
Si alguien me dijera hoy sabes puedes tener una casa propia sin acerte mierda 35 años pagando 140 lucas segun UF y sin necesidad de vivir lejos de mis raices de mis amigos mi gente y tener de vecinos malas personas ....creanme que a esa persona la apoyare y si este proyecto no resulta me esforzare para estar 30 y tantos años para tener mi casa , camaradas no decaigan luchen sigamos seamos mas fuertes mas que antes..
No confiaban en colon cuando le sofrecia un mundo nuevo , querian lincharlo amotinarce , hecharlo al agua para que se ahogara el capitan era un mentirozo decian nos trajo a la deriva a morir opinaban los marinos , pronto los grandes mountruos marinos van a aparecer y destruiran los barcos exclamaban ...
Pero un marino dijo tierra tierra a la vista , recien ahi creyeron de marinos a descubridores de un mundo nuevo pero esos incredulos se fuerona la tumba penzando solo una cosa... yo dude ...

URGENTE

El dia de ayer 06-01-10 se sostubo una reunion con el Diputado Dr Acorci, en el cual se dialogo sobre la campaña del sr Frei , el fin de la participiacion de nuestra dirigienta fueen apoyo a la concertacion y ademas velar por la integridad del comite, para el dia de hoy 07-01-10 esta invitada con parte de su directiva a una cena reunion con autoridades de la Reina por lo que tengo entendido ..
para el proximo mes fue invitada a una reunion con la presidenta Bachelet con su directiva y gente elegida del comite..

Es importante que sepan que el Sr Acorci acordo ser un eslabon fuerte en el trabajo del comite,

Este dia DOMINGO 10 de Enero no tendria lugar la reunion con el Sr Frei por cambio de planes fui testigo de ese cambio de plan por parte de la concertacion.
Lo que si existira que a las 10 de la mañana en la plaza quinchamali vendria la ministra de cultura a un acto , peor no existira la reunion obligatoria que se señalo antes por cambio de planes del candidato Frei ..

mayores informaciones pronto en este mismo lugar ...

NOTICIA DE ULTIMO MINUTO

LA REUNION CON LOS DIRIGENTES sera para mañana martes a las 21:00hrs los colaboradores mas cercanos contactarce con JAQUELINE para saber lugar de reunion

Nota reciente de Jaqueline

Jaque insiste en que la primera opcion siempre sera la lucha por la casa y que las invitaciones a estar con lideres politicos es simplemente en reconocimiento a el trabajo que a venido realizando durante tiempo , que en cierta forma ya se esta convirtiendo en un icono de lucha ...

Jacqueline Parra
de todas maneras nuestra lucha por la casa propia jamas la dejaremos de lado, si he recibido el apoyo de muchos, y hoy en dia esta mas que claro con los dirigentes maximos e mi comuna, que JACQUELINE PARRA tiene todo en regla, ordenado y transparentado, y es por eso que ellos me apoyaran en todo, negociaremos con gente a beneficio de los socios de nuestra organización de La Reina y Peñalolen
Hace 10 minutos ·

FOTOS DEL COMITE

FOTOS DEL COMITE

Informacion del dia

VARIOS SOCIOS TIENEN UN GRADO D EPREOCUPACION POR ESTA REUNION POR LA TENDENCIA POLITICA MAS JAQUELIN RESPONDE LO SGTE.

Jacqueline Parra
si pero todos estan claros que nuestra organización no se pinta de ningun color politico independiente de que la cara visible de todo esto sea PC......gracias


ADEMAS POR EL COMINICADO QUE DICE OBLIGACION JAQUELINE RESPONDE.

Jacqueline Parra
con referente a este llamado ACLARO LO SIGUIENTE: TODOS SABEN a que Partido Politico pertenezco, eso no QUIERE DECIR QUE LOS SOCIOS DE ESTA ORGANIZACION PE ... Ver más...ÑALOLEN-LA REINA, estan obligados a asistir a actos politicos, pero el dia DOMINGO, se nos invito, en especial A LOS SOCIOS DEL COMITE POR UN SUEÑO REAL LA REINA, ahora si socios de Peñalolen pueden asistir, bienvenido sean, el acto sera un acto politico en la cual SE ME HA NVITADO A PARTICIPAR COMO DIRIGENTE PC, EN CUANDTO AL TEMA DE LOS ALLEGADOS A NIVEL NACIONAL Y COMUNAL, es por eso que hago esta aclaracion, PORQUE SI LA POLITICA HABITACIONAL DE LA PRESIDENTA ES BUENA AUN TIENE ALGUNAS COSAS QUE HAY QUE MODIFICAR Y ESA ES LA OPINION QUE SE NOS HA PEDIDO, hoy tendre reunión con ellos con la GENTE DE LA CONCERTACION Y DIRIGENTES PC DE LA REINA para ver dia y hora de dicho acto cultural.....GRACIAS, ESPERO QUE QUEDE CLARO PARA LOS SOCIOS QUE HAN ESTADO CON DUDAS Y ME HAN LLAMADO EL DIA DE HOY, saludos para todos los socios de POR UN SUEÑO REAL LA REINA -PEÑALOLEN




CONSTRUCTORA BROUGHTON

Jorge Broughton
Edad: 42
Sexo: Hombre
Horóscopo: Tauro
Año zodiacal: Oveja
Sector: Arquitectura
Ubicación: Chile
Datos personales
Arquitecto feliz con mi oficio, afortunado, a veces ex-primido, con deseos de intercambiar sueños-ideas, con ganas de crear, compartir mi http://www.blogger.com/profile/13479921707982032010

El SUEÑO DE LA CASA PROPIA

El SUEÑO DE LA CASA PROPIA
PERO ES UN SUEÑO

jueves, 14 de enero de 2010

ANUNCIO CAMPAÑA FREI EN LA CUAL SE INVITA AL COMITE

víctor el cierre de campaña en la reina es hoy en la plaza de las campanas, ahí habrá una plaza ciudadana y un acto artistico. Será entre las 17:00 horas y las 19:00 horas.
Después de esta actividad, la idea es que todos los adherentes de Frei nos juntemos frente al cine Hoyts para un banderazo...
Ahora la idea de la villa es buenisima, podrias coordinarlo a través del mail...los que tienen auto van a meter ruido para allá

lunes, 4 de enero de 2010

Ojo Ojo

La foto no es del proyecto de casas sociales nuestro es de un proyecto de argentina de viviendas sociales , me parecieron muy bacanesy la puse

BIENVENIDOS

Les damos la cordial bienvenida al comite por un sueño real pronto publicaremos todo con respecto a este comite .....